Wednesday, November 24, 2010

Productores agropecuarios
CON deudas TRIBUTARIAS

Posibilidad de cancelarlas con aportes NO REINTEGRABLES o compensaciones.

En el pasado mes de abril de 2009, mediante la resolución conjunta N° 2588 (AFIP) y N° 3198 (ONCCA) se estableció el procedimiento de cancelación de deudas tributarias para obtener el pago de aportes no reintegrables y compensaciones: se presenta ante la ONCCA un detalle de deudas exigibles con AFIP y la ONCCA "compensa" esas deudas con los aportes no reintegrables ( productores tamberos, por ejemplo) o con las compensaciones solicitadas por esos productores deudores (pequeños productores de trigo, feedlots, etc.).

Dentro del régimen de compensación para los pequeños y medianos productores de trigo y maíz se dispuso que el productor beneficiario del régimen podrá optar por cancelar sus deudas tributarias mediante el procedimiento descriptos.

A los fines de facilitar a los contribuyentes el ejercicio de la referida opción, se habilitó, a través del sistema denominado "Cuentas Tributarias", un servicio en el sitio "web" de AFIP que permite a los responsables obtener el "Detalle de Incumplimientos" conteniendo la deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.

Por RG 2962, y con vigencia desde el 23/11/2010, este procedimiento será de aplicación para la obtención del detalle de los incumplimientos del productor agropecuario responsable, en todos aquellos trámites en los que la Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario (ONCCA) lo requiera, para los trámites de regímenes de aportes no reintegrables o compensaciones que se efectúen a través de ese organismo.

El detalle de la deuda líquida y exigible por obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social tendrá una validez de SIETE (7) días corridos contados desde la fecha de generación del archivo.
Analía Lidia Selva
(C.P. y Lic. en Adm.)
Centro de Gestión Agropecuaria
Fundación Libertad.

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